PRIMERO.- El Ayuntamiento de Gáldar renuncia a recurrir la sentencia que condena a aplicar las 35 horas del convenio y UGT renuncia a reclamar, en dinero o en su equivalente en tiempo, las horas extraordinarias generadas desde el 5 de julio de 2018 hasta la fecha en que se dictó la sentencia.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Gáldar aplicará la jornada laboral máxima de 1.575 horas anuales a razón de 35 horas semanales en jornada normalizada, al personal funcionario (incluida la Policía Local) y al personal del Instituto de Toxicomanía, llevándose a cabo las adaptaciones correspondientes para realizar una jornada laboral anual equivalente a la que realiza el personal afecto por el convenio colectivo, y UGT acepta que el personal de oficinas trabaje un martes cada dos semanas en mañana de 8.00 a 13.00 horas y tardes de 15.00 a 17.00 horas, excepto desde el 20 de junio hasta el último día hábil de septiembre y excepto las semanas del 25 de diciembre y del 1 de enero. Si el martes es víspera de fiesta se realizará la tarde del siguiente día hábil.