Sección Sindical UGT Gáldar

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El Tribunal Superior declara ILEGAL la anulación del Convenio de los Funcionarios del Ayuntamiento de Gáldar

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, la cual había estimado la demanda interpuesta por el sindicato UGT contra la decisión del Alcalde del Ayuntamiento de Gáldar, Teodoro Sosa (BNR-Nueva Canarias), que en octubre de 2012 anuló determinados derechos contenidos en el convenio de los funcionarios aprobado en el año 2006.

Dicho convenio fue aprobado en su momento por todos los indicatos y grupos políticos de la Corporación, incluido el BNR.

El Juzgado anuló la decisión del Alcalde, que en octubre de 2012 llevó de forma unilateral al Pleno de la Corporación, la revisión de oficio y la declaración de nulidad del convenio de los funcionarios aprobado en el año 2006.

Ahora el Tribunal Superior desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Gáldar contra la sentencia del Juzgado, y vuelve a dar la razón a UGT, determinando que el Alcalde se excedió del plazo legalmente establecido de tres meses para la revisión de oficio, y por tanto, anula la decisión municipal adoptada de forma unilateral.

Asimismo, el Ayuntamiento ha sido condenado a pagar 2.000 euros por costas procesales de la primera instancia.

Desde UGT se insta al Sr. Alcalde a que deje de actuar caprichosamente en materia de derechos laborales, y muestre talante negociador para llevar a cabo una renegociación del convenio de los funcionarios, para evitar conflictos y movilizaciones.

 

UGT CONSIDERA IRRELEVANTE LA SENTENCIA SOBRE EL CONVENIO LABORAL DE 2009

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En relación con la reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social que anula parte del artículo 21 y de la disposición transitoria primera del convenio laboral de 2009 del Ayuntamiento de Gáldar, la Sección Sindical de la UGT considera irrelevante lo determinado en esta sentencia, por dos razones.

En primer lugar, porque esta sentencia anula los apartados 1 a 5 del art. 21 del convenio, que ya fueron anulados en el mes de marzo de 2010 por otra sentencia anterior, o sea, hace más de cuatro años, por lo que ninguna novedad y sentido hay ahora cuando se vuelve a anular lo ya anulado.

Y en segundo lugar, respecto a la anulación que realiza  ahora la sentencia de la disposición transitoria del convenio, relativa a la funcionarización, dicha disposición, como su propio nombre indica, era una disposición transitoria, y por tanto, temporal en el tiempo, que únicamente sirvió para obligar al Ayuntamiento a aprobar en su momento las bases generales de la funcionarización.

Estas bases para realizar la funcionarización se aprobaron por Decreto del Alcalde del mes de marzo de 2010, como acto administrativo totalmente independiente al convenio laboral.

Dicho Decreto, y especialmente la cuestión de si se podía funcionarizar por promoción interna al personal laboral indefinido, fue confirmado en su legalidad por Sentencia, ya firme, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de Canarias, de 18 de febrero de 2011, y por Auto del Tribunal Supremo de 12 de enero de 2012.

Por todo ello UGT comunica que ni siquiera va a recurrir la sentencia del Juzgado de lo Social, ya que la misma resulta irrelevante por las dos razones anteriormente indicadas. Al mismo tiempo, UGT insta al Sr. Alcalde a que ejecute su propio Decreto de bases de funcionarización, tras haber transcurrido ya más de cuatro años desde que lo firmó, y no convierta este Decreto en una promesa más incumplida como ha hecho con el instituto o el centro comercial, donde no se ha movido ni una piedra.

 

El Juzgado declara ilegal la decisión del Alcalde de Gáldar de anular el convenio de los funcionarios

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado la demanda interpuesta por el sindicato UGT contra la decisión del Alcalde del Ayuntamiento de Gáldar, Teodoro Sosa (BNR-Nueva Canarias), que en octubre de 2012 anuló determinados derechos contenidos en el convenio de los funcionarios aprobado en el año 2006. Dicho convenio fue aprobado en su momento por todos los sindicatos y grupos políticos de la Corporación, incluido el BNR.

El Juzgado anula la decisión del Alcalde, que en octubre de 2012 llevó de forma unilateral al Pleno de la Corporación, la revisión de oficio y la declaración de nulidad del convenio de los funcionarios aprobado en el año 2006.

El Juzgado da la razón a UGT y determina que el Alcalde se excedió del plazo legalmente establecido de tres meses para la revisión de oficio, y por tanto, anula la decisión municipal adoptada de forma unilateral, condenando también al Ayuntamiento a pagar 2.000 euros por costas procesales.

Desde UGT se insta al Sr. Alcalde a que deje de actuar caprichosamente en materia de derechos laborales, y muestre talante negociador para llevar a cabo una renegociación del convenio de los funcionarios, para evitar conflictos y movilizaciones.

 

Nota de Prensa desde la Policía Local de Gáldar

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Tras la reunión llevada a cabo entre los representantes sindicales de la Policía Local de Gáldar (UGT-CCOO) y los componentes de dicha plantilla se informa a la ciudadanía galdense que, las desavenencias del colectivo de la Policía Local con el Alcalde de Gáldar, parecen no tener solución y van a acabar de la peor manera posible: con movilizaciones.

Se están realizando las gestiones pertinentes para llevar a cabo un calendario de protestas en el mes de julio y sucesivos, como respuesta al conflicto que vive la plantilla con el grupo de gobierno.

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